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Canal ético de conducta

VILLARCE, en coherencia con su Política de Responsabilidad Social, comunica públicamente a través de este Código las pautas de comportamientos que la Entidad expone y espera frente a sus grupos de interés: Clientes, Personas, Proveedores y Sociedad.

El presente Manual, como norma interna, es de obligado cumplimiento por la Entidad y sus integrantes. Por este motivo, todas las personas de VILLARCE están obligadas a conocer y respetar este conjunto de principios de comportamiento, en la práctica de su actividad profesional.

De igual forma, VILLARCE dispone de una copia del texto íntegro del Manual de Prevención de Riesgos Penales en el domicilio social de la empresa, que podrá ser consultada por cualquier interesado.

¿Qué es el canal de denuncias?
 
VILLARCE trabaja día a día para ofrecer y garantizar un servicio óptimo, que cumpla con la legalidad y los parámetros exigibles de eficiencia y ética profesional. Por ello, con el objeto de detectar aquellas conductas que pudieran ser delictivas, inapropiadas o contrarias a la política de integridad de la empresa, se ha instaurado una vía de comunicación que deberá ser utilizada por los empleados, clientes o cualquier otra persona o compañía con la que VILLARCE mantenga una relación profesional.
 

¿Cómo puedo enviar un mensaje de denuncia al Comité de Cumplimiento?

Toda persona que tuviese conocimiento de que se pudiera estar cometiendo una irregularidad o un hecho delictivo dentro de la estructura societaria de VILLARCE deberá comunicarlo al Comité de Cumplimiento de la compañía a través de las siguientes vías:

  • En caso de que el remitente no quiera identificarse manteniendo la confidencialidad y el anonimato a través del siguiente LINK dado que la herramienta informática de seguridad utilizada garantiza el anonimato. 
  • Por correo electrónico a la direccióncanaldenuncias@villarce.com, que será gestionada de manera confidencial por el Comité de Cumplimiento. Esta será la vía prioritaria de recepción de comunicaciones.
  • Por carta remitida por correo a la dirección o domicilio social de la compañía dirigida a la atención del Comité de Cumplimiento.
  • Por comparecencia personal ante cualquier miembro del Comité de Cumplimiento en la que presente un escrito que contenga la comunicación que se quiere efectuar. El receptor se encargará de recogerlo junto con la firma del denunciante.

¿Qué contenido debe tener mi mensaje de denuncia?

Todas las comunicaciones que se realicen a través del Canal de Denuncias, deberá contener, al menos, los siguientes datos:

 
 
  • Descripción de la conducta o acto que se considera susceptible de generar riesgo o conducta prohibida. Se deberá concretar en que, se entiende, consiste la conducta potencialmente irregular.
  • Posibles personas implicadas y áreas de actividad de la empresa que resulten afectadas.
  • Fechas aproximadas en que los hechos tuvieron lugar.
  • En su caso, se aportarán documentos o evidencias de los hechos.

¿Puedo enviar mis consultas, quejas o propuestas al Comité de Cumplimiento?

Por supuesto que sí. El Canal de Denuncias, además de ser utilizado para la comunicación de todas aquellas conductas que impliquen una vulneración del contenido del Manual de Prevención de Riesgos Penales, puede ser igualmente utilizado para comunicar cualquier:

  • Queja: Puesta en conocimiento del Comité de Cumplimiento de quejas relativas a la aplicación del Manual de Prevención de Riesgos Penales que el remitente estime conveniente formular a dicho Comité.
  • Consulta: Solicitud de aclaración o de información adicional sobre el alcance, contenido o aplicación de lo dispuesto en Manual de Prevención.
  • Propuesta: Planteamiento de posibles adaptaciones o modificaciones del Manual de Prevención que, a juicio del remitente, sería conveniente introducir para mejorar su contenido.